Diseño de Rellenos Sanitarios y Cierre de Botaderos de Basura
Las fases de la gestión integral de residuos y desechos sólidos no peligrosos son: a) Separación en la fuente; b) Almacenamiento temporal; c) Barrido y limpieza; d) Recolección; e) Transporte; f) Acopio y/o transferencia; g) Aprovechamiento; h) Tratamiento; y, i) Disposición final. Las fases de gestión integral deberán implementarse con base en el modelo de gestión adoptado por los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, el cual debe ser aprobado por la Autoridad Ambiental Nacional (Art. 586 – Reglamento al COA).
El servicio público para la gestión integral de residuos y desechos sólidos no peligrosos deberá ser prestado por los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos bajo el modelo de gestión adoptado de conformidad con la Ley y la norma secundaria que emita la Autoridad Ambiental Nacional para el efecto (Art. 579 – Reglamento al COA).
Para los proyectos de cierre técnico de botaderos y proyectos para la gestión integral de residuos y desechos sólidos no peligrosos o cualquiera de sus fases, los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos deberán presentar a la Autoridad Ambiental Nacional, los estudios de diagnóstico, factibilidad y diseños definitivos. Una vez presentados los estudios, la Autoridad Ambiental Nacional determinará su viabilidad técnica. Independientemente del modelo de gestión adoptado, para estos proyectos los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos deberán obtener la viabilidad técnica como requisito previo a la obtención de la autorización administrativa ambiental (Art. 580 – Reglamento al COA).
Cierre técnico de botadero
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos deberán cerrar los botaderos existentes en el cantón, mediante proyectos de cierre técnico autorizados por la Autoridad Ambiental Nacional (Art. 596 – Reglamento al COA).
Etapas de acuerdo al reglamento COA Art 581
Diagnóstico y Factibilidad
Los estudios de diagnóstico y factibilidad deben comprender como mínimo lo siguiente: 1) Información general de la zona del proyecto de cierre; 2) Diagnóstico técnico, social y ambiental del botadero de desechos sólidos no peligrosos; 3) Recolección, análisis y procesamiento de la información secundaria existente; 4) Planteamiento de alternativas; 5) Análisis de alternativas; 6) Socialización de las alternativas analizadas; 7) Selección por parte del gobierno autónomo descentralizado municipal o metropolitano de la alternativa óptima, considerando factores técnicos ambientales, sociales y económicos; y, 8) Otros que determine la Autoridad Ambiental Nacional.
Diseño Definitivo
Los estudios de diseño definitivo deben comprender como mínimo lo siguiente: 1) Diseño del cierre técnico; 2) Manejo y control de la escorrentía superficial; 3) Manejo y control de la erosión y sedimentación; 4) Manejo de lixiviados; 5) Manejo de biogás; 6) Estabilidad geotécnica del cierre técnico y taludes; 7) Diseño de la capa de cobertura final; 8) Obras complementarias; 9) Especificaciones técnicas; 10) Manual de operación y mantenimiento del proyecto; 11) Plan de manejo ambiental preliminar; 12) Presupuesto, considerando los costos generados para la implementación de actividades del plan de manejo ambiental preliminar en base a precios unitarios; 13) Cronograma valorado; y, 14) Otros que determine la Autoridad Ambiental Nacional.
Etapas de acuerdo al reglamento COA Art 582
Diagnóstico y Factibilidad
Los estudios preliminares para la gestión integral de residuos y desechos sólidos no peligrosos en todas sus fases, necesarios para seleccionar la alternativa viable desde el punto de vista técnico, económico, ambiental y social, deberán contener como mínimo la siguiente información: 1) Información general del área del proyecto; 2) Diagnóstico técnico, ambiental, social y económico de la situación actual en referencia a todas las fases de la gestión integral de residuos y desechos sólidos no peligrosos; 3) Estudio de cantidad y calidad de residuos; 4) Análisis socioeconómico del proyecto; 5) Bases de diseño: análisis de demanda y oferta; 6) Estudios de campo preliminares en topografía, geología, geotecnia, hidrología, meteorología y otros de acuerdo al requerimiento específico; 7) Estudio de alternativas para cada fase; 8) Socialización de las alternativas analizadas; 9) Selección de alternativa óptima por parte del gobierno autónomo descentralizado municipal o metropolitano, considerando factores técnicos ambientales, sociales y económicos; y, 10) Otros que determine la Autoridad Ambiental Nacional.
Diseño Definitivo
El proyecto definitivo debe incluir todos los detalles de ingeniería de las diferentes fases de la gestión integral de residuos y desechos sólidos no peligrosos a implementarse, y comprender como mínimo lo siguiente: a) Estudios de campo definitivos en topografía, geología, geotecnia, hidrología, meteorología y otros de acuerdo al requerimiento específico; b) Diseño definitivo de la alternativa viable, en todas las fases de la gestión integral de residuos y desechos sólidos no peligrosos, tomando en cuenta opciones de reciclaje, tratamiento y aprovechamiento de los residuos; c) Modelo de gestión; d) Evaluación económico – financiera, que incluya costos operativos, mantenimiento, tarifas, indicadores, entre otros; e) Memorias de cálculo; f) Planos de construcción detallados; g) Manual de operación y mantenimiento; h) Especificaciones técnicas; i) Plan de manejo ambiental preliminar; j) Presupuesto de las obras y análisis de cada una de las fases del sistema, considerando los costos generados para la implementación de actividades del plan de manejo ambiental preliminar en base a precios unitarios; k) Cronograma valorado; y, l) Otros que determine la Autoridad Ambiental Nacional.
Rellenos sanitarios
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos deberán disponer los desechos sólidos no peligrosos de manera obligatoria en rellenos sanitarios u otra alternativa que cumpla con los requerimientos técnicos y operativos aprobados para el efecto. La disposición final de desechos sólidos no peligrosos se enfocará únicamente en aquellos residuos que no pudieron ser reutilizados, aprovechados o reciclados durante las etapas previas de la gestión integral de residuos o desechos. Se prohíbe la disposición final de desechos sólidos no peligrosos sin la autorización administrativa ambiental correspondiente (Art. 596 – Reglamento al COA).