Auditorías ambientales
Las Auditorías Ambientales tienen dos objetivo fundamentales: Determinar y verificar si las actividades cumplen con el plan de manejo ambiental, autorizaciones administrativas, legislación y normativa ambiental vigente; Determinar si existen nuevos riesgos, impactos o daños ambientales que las actividades auditadas hayan generado (Código Orgánico del Ambiente – art 204).
La Auditoría Ambiental de Cumplimiento se realizará una vez transcurrido un año desde el otorgamiento de la licencia ambiental y posteriormente cada tres (3) años. Reglamento al Código Orgánico del Ambiente – art 493).
Auditorías de Conjunción.- Es cuando se unifican los períodos consecutivos de las auditorías que devengan del seguimiento a una misma licencia ambiental, esto si la Autoridad Ambiental Competente lo autorice. Esto puede realizarse de manera excepcional, con el debido informe técnico y jurídico de respaldo (Reglamento al Código Orgánico del Ambiente – art 493).